TESTIMONIO: VISTO: La donación realizada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, consistente en una (1) bolsa de resucitación neonatal, marca LIFESAVER, Serie Nº 4705957, por valor estimado en plaza de pesos setenta ($ 70.-), a favor del Hospital Subzonal de Balcarce, Organismo Descentralizado, y CONSIDERANDO: Que es facultad de este Organismo Legislativo, aceptar o rechazar la misma, en virtud de lo establecido por el Artículo 57º de la Ley Orgánica Municipal y su concordante 158º, del mismo cuerpo legal. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 64/98 ------------------------------ ARTICULO 1.- Acéptase la donación realizada por el Ministerio de ------------ Salud de la Provincia de Buenos Aires, consistente en una (1) bolsa de resucitación neonatal, marca LIFESAVER, Serie Nº 4705957, por valor estimado en plaza de pesos setenta ($ 70.-), a favor del Hospital Subzonal de Balcarce, Organismo Municipal Descentralizado.--------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho. FIRMADO: Fabián D. Ridao - VICEPRESIDENTE I - Juan José Troya - SECRETARIO.-------------------